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Permiso B - Coche o Automóvil

El permiso B permite conducir automóviles de hasta 9 plazas (turismos, camiones, y mixtos), y hasta 3,500 Kg. de M.M.A.

Remolques de hasta 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles, o de más peso siempre que la suma de las dos MMA no supere los 4.250 Kg.

Vehículos de tres ruedas y cuadriciclos.

Vehículos especiales agrícolas de cualquier peso.

Vehículos especiales no agrícolas, cuya velocidad máxima no exceda de 40 Km/h y su MMA no exceda de 3.500 Kg.

Ciclomotores.

Motocicletas de hasta 125 cc., siempre que se tenga una antigüedad de 3 años.

Requisitos para obtener el permiso B:

El alumno debe tener:

  • 18 años. *Puedes presentarte al examen teórico 3 meses antes de cumplir los 18 años.
  • No estar privado del derecho a conducir.
  • Certificado médico.
  • Residencia en España.

Documentación a presentar:

  • Documento Nacional de Identidad o Pasaporte o Tarjeta de Residencia en Vigor.
  • Certificado médico.
  • 2 copias de fotografía actual en color de 32 x 26 mm.

Pruebas para obtener el permiso B:

Examen Teórico

Todo solicitante deberá poseer y demostrar que posee un conocimiento razonado y buena comprensión de las materias exigibles para la obtención del permiso.

En la actualidad el examen se realiza mediante ordenador en a Jefatura Provincial de Tráfico.

El examen consta de 30 preguntas tipo test.La duración es de 30 minutos y es declarado no apto el alumno que cometa más de 3 fallos.

Examen Práctico de Circulación en Vías Abiertas al Tráfico

Se realizará utilizando vías urbanas abiertas al trafico general, carreteras convencionales situadas fuera de poblado y, cuando sea posible, autopistas o autovías. Se comprobará y evaluará los conocimientos, en el manejo y dominio coordinado del vehículo y sus mandos para incorporarse a la circulación e integrarse en ella con total seguridad y con sujeción a las normas y señales que la regulan.

Durante la realización de la prueba, las instrucciones precisas para su desarrollo serán dadas únicamente por el examinador, que estará situado en el asiento de atrás del vehículo. El profesor ira sentado en el asiento del acompañante y será el responsable de la seguridad en la circulación, y no deberá intervenir en el desarrollo de la prueba, ya sea dando instrucciones con signos, gestos, palabras, o de cualquier otra forma, o ejerciendo acción directa sobre los dobles mandos del vehículo, salvo en caso de emergencia, errores o comportamientos peligrosos del aspirante.

Las faltas cometidas en la realización de esta prueba se clasifican en:

  • Falta eliminatoria: Es todo comportamiento o incumplimiento de las normas que suponga un peligro para la integridad o seguridad propia o de los demás usuarios de la vía, así como, en general, el incumplimiento de las señales reguladoras de la circulación.
  • Falta deficiente: Es todo comportamiento o incumplimiento de las normas que obstaculice, impidiendo o dificultando notablemente la circulación de otros usuarios, la que afecte ostensiblemente a las distancias de seguridad, así como el incumplimiento de señales reguladoras de la circulación que no constituya falta eliminatoria.
  • Falta leve: Es todo comportamiento o incumplimiento de normas reglamentarias cuando no constituya falta eliminatoria o deficiente, así como el manejo incorrecto de los mandos del vehículo, sin perjuicio de que este hecho pueda ser valorado como falta de mayor gravedad, en función de las circunstancias concurrentes en cada caso.

Un aspirante será calificado de no apto cuando cometa:

  • Una falta eliminatoria.
  • Dos faltas deficientes.
  • Una falta deficiente y cuatro faltas leves.
  • Ocho faltas leves.

Condiciones de las Pruebas:

¿Cuántas convocatorias da derecho cada expediente?

Cada expediente da derecho a 2 convocatorias suspendidas. Si se aprueba el teórico a la primera, se dispone de 2 oportunidades para presentarse al examen práctico. Si se aprueba el teórico a la segunda, quedaría 1 oportunidad para hacer el práctico.

En caso de suspender un examen, se dispone de un plazo máximo de 6 meses para volver a presentarse. En caso de incumplimiento, se deberá renovar el expediente.

Si el alumno resultase APTO en el examen teórico del permiso de conducir para coche, éste dispondrá de un plazo improrrogable de 2 años para presentarse y aprobar el examen práctico del carnet de Conducir para coche. En caso de no conseguirlo en este periodo de tiempo, el alumno perderá el APTO teórico, teniendo que volver a presentarse a dicha prueba.

 


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